CONVENIO 11/12/2018:
DÉCIMO TERCERO: Corresponsabilidad. Licencia para cuidados
Aquellos trabajadores que tengan hijos menores de 15 años en situación de internación en Institutos de salud, tendrán derecho a una licencia especial de hasta 2 dÃas libres sin goce de sueldo no acumulables de un año a otro. Su uso podrá ser fraccionado como mÃnimo, en unidades de 4 horas por vez. Para el goce de dicha licencia deberá existir previa comunicación al empleador con 24 hs de anticipación salvo razones de fuerza mayor, presentando constancia de internación.
A los efectos del cobro de la partida de presentismo, en el caso de existir, las ausencia originadas en esta licencia especial no implicarán pérdida ni disminución del monto a abonar por dicho concepto