LICENCIA ESPECIAL – VICTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA

GENERO Y EQUIDAD
9 September, 2019
LICENCIA PARA CUIDADOS
9 September, 2019

CONVENIO 11/12/2018:

DÉCIMO SEGUNDO: Licencia especial para víctimas de violencia doméstica.
El beneficio de licencia extraordinaria con goce de sueldo para víctimas de violencia doméstica, a que hace referencia la Ley No. 19.580 (24 hs a partir de presentación denuncia prorrogable por 24 hs más en caso de disponerse medidas cautelares), se extiende todos los trabajadores sin distinción de identidad de género. Además de dicho beneficio, al trabajador ( con el mismo alcance que viene de expresarse) que sea víctima de violencia doméstica, comprobada a través de la denuncia policial o penal o constancia de Médico Forense, las empresas le otorgarán 5 días hábiles de licencia especial sin goce de sueldo, con un máximo de 2 veces en el año. El comprobante de la denuncia policial o penal o la acreditación de la reintegro del trabajador/a. En caso de posterior levantamiento de la denuncia se perderá el derecho a usufructuar este beneficio nuevamente y la licencia otorgada se considerará como faltas injustificadas.

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