Julio 2020:
a) Los salarios vigentes al 30/06/2020 recibirán al 1/7/2020 un incremento de 3,5%.
b) Una vez aplicado dicho incremento, los salarios que no superen en más de un 25% el Salario Mínimo Nacional vigente al 1/7/2020 por 44 horas semanales de labor o su equivalente en valor hora, tendrán al 1/7/2020 un ajuste adicional de por salario sumergido, que se acumulará al 3,5%; es decir un total de 4,54%